Análisis sobre la competencia del sistema interamericano para conocer de los casos previamente resueltos por la Jurisdicción Especial para la Paz
Fecha
2019
Autores
Duque Vélez, Mariana
González Cifuentes, Sara
Título de la revista
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Editor
Universidad EAFIT
Resumen
Transitional justice is a normative concept created under international and national law that provides temporary regulations to achieve a peaceful transition from war to peace. Under the Colombian government Peace Agreement with the FARC-EP the Special Jurisdiction for Peace is the transitional justice mechanism created under the observance of these parameters and with a restorative justice approach in favor of the victims. The Inter-American Human Rights System is the regional mechanism responsible for the promotion and protection of human rights in the continent. Considering the recent entry into force of the Special Jurisdiction for Peace, it is important to analyze the eventual competence that the Inter-American Human Rights System would have in the cases previously resolved by this court. If the JEP, as in theory must happen, complies with the norms of international law and the inter-American standard, the competence of the Inter-American Human Rights System will be restricted, since the State itself would had already satisfied the main goal of the Inter-American field.
Descripción
La justicia transicional es una facultad estatal que encuentra límites fijados por el derecho internacional, los cuales deben ser respetados al momento de su implementación. La Jurisdicción Especial para la Paz, por su parte, es un mecanismo de justicia transicional creado bajo la observancia de estas limitaciones y con un enfoque de justicia reparadora a favor de las víctimas. El Sistema Interamericano de Derechos Humanos es el ámbito regional encargado de la promoción y protección de los derechos humanos. Teniendo en cuenta la reciente entrada en vigencia de la Jurisdicción Especial para la Paz, resulta importante analizar la eventual competencia que tendría el Sistema Interamericano de Derechos Humanos frente a los casos previamente resueltos por este tribunal. Si la JEP, como en derecho debe suceder, cumple con las normas de derecho internacional y el estándar interamericano, no se darían los supuestos para que el Sistema Interamericano de Derechos Humanos intervenga, en tanto el mismo Estado ya habría satisfecho el fin último de este ámbito internacional.