Viabilidad de la fiducia mercantil ante la apertura de procesos concursales cuyo titular sea el constituyente
Fecha
2021
Autores
Rendón Correa, Ana María
Título de la revista
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Editor
Universidad EAFIT
Resumen
¿What legal consequences does an eventual bankruptcy process have for a Trust Agreement; specifically, for the assets convey by the settlor for the benefit of a beneficiary and/or creditor?, ¿should the commercial trust agreement continue its performance and execution or, conversely, as the “Superintendencia de Sociedades” and Law 1116 of 2006 have proposed, the contract effects should be suspended and the assets return to the debtor's equity and become part of the assets on which the bankruptcy process would be carried out?
Trusts are a very important and widely-used feature of modern law, due to the current dynamism of business and the advantages of trusts in terms of securitization, flexibility and agility that offers to the parties, as opposed to the traditional alternatives to ensure financial and commercial transactions such as pledges or mortgages. The issue addressed in this document interface different entities and regulations, because there is no clarity of the effects of the trust agreement and the interest pursued by both the settlor and the creditor or beneficiary no mater it’s qualifications.
The purpose of the paper is to analyze the regulations, jurisprudence and doctrine relevant to the trust agreement and the effects that the parties seek, the functionality in the field of business and the current legal context; as well as the impact of the application of some concepts issued by the local authorities, which state that before the settlement of a bankruptcy process of the settlor the right of a beneficiary or secured creditor in a trust agreement will be the same as that of the pledgee or the mortgage creditor (depending on the nature of the trust property), without analyzing in depth the characteristics of each legal feature and the implications of affirming that they will be treated in the same way when their nature is different.
Descripción
¿Qué implicaciones jurídicas tiene para los contratos de Fiducia Mercantil un eventual proceso concursal; específicamente, para los bienes aportados por el constituyente en favor de un beneficiario y/o acreedor?, ¿Debería continuar el contrato de fiducia mercantil y lograr su finalidad o, por el contrario, como lo han planteado la Superintendencia de Sociedades y la ley 1116 de 2006, el contrato debe suspenderse y los bienes deben de regresar al patrimonio del deudor y hacer parte de la masa de bienes sobre los cuales se adelantaría dicho proceso concursal?.
Este tema es de vital relevancia, dado el dinamismo actual de los negocios y las ventajas que presenta la Fiducia Mercantil en cuanto a seguridad, flexibilidad y agilidad para las partes relacionadas, frente a las formas tradicionales de viabilizar o garantizar los negocios jurídicos como lo han sido la prenda o la hipoteca. La problemática en cuestión vincula diferentes entidades y normas; ni unas ni otras dan claridad suficiente en cuanto a los efectos del negocio jurídico y de las finalidades perseguidas tanto por el constituyente, como por el acreedor o beneficiario (condicionado o no) de los bienes que a título de fiducia mercantil son aportados o transferidos al fideicomiso.
El estudio de esta situación busca analizar la normatividad, jurisprudencia y doctrina relevante para el negocio jurídico en cuestión y para los efectos que con su realización buscan las partes, la funcionalidad en el campo de los negocios y el contexto jurídico actual; así como el impacto de la aplicación de algunos conceptos emitidos por la Superintendencia de Sociedades, que plantean que ante la apertura de un proceso concursal el derecho de un beneficiario o acreedor garantizado en la Fiducia Mercantil, será el mismo del acreedor prendario o del acreedor hipotecario (dependiendo de la naturaleza del bien fideicomitido), sin analizar a profundidad las características propias de cada una de estas instituciones jurídicas y las implicaciones de afirmar que se tratarán de la misma manera cuando su naturaleza es diferente.