Estado comparativo de la culpa patronal en la jurisprudencia civil y laboral : un análisis crítico

Resumen

Descripción

El derecho laboral, al ser una rama independiente y autónoma en el sistema jurídico, tiene ciertas conexiones con el derecho civil. Es por esto por lo que, al estudiar conceptos del derecho laboral, es importante tener en cuenta lo estipulado en el derecho civil, puesto que, en algunos casos o vacíos normativos, esta área ha permitido desarrollar y remarcar particularismos del derecho laboral por medio de la creación de conceptos o figuras laborales fundamentadas en normas civiles. La culpa patronal es un concepto que se fundamenta en dos áreas del derecho, dado que tiene sustento en la responsabilidad civil del artículo 1604 del Código Civil (CC) y en la culpa del empleador consagrada en el artículo 216 del Código Sustantivo del Trabajo (CST). Es la obligación que tiene todo empleador de afiliar a su personal al Sistema de Seguridad Social y de Riesgos Laborales, lo que garantiza una atención integral a los empleados en caso de accidentes o enfermedades laborales. Esta obligación se basa en la teoría de la responsabilidad objetiva, que está consagrada en la Ley 1562 de 2012, mediante la cual el empleador le garantiza al trabajador la atención idónea y el pago de las prestaciones sociales laborales. Sin embargo, es importante recordar que la obligación no se limita o termina cuando se afilia al trabajador, sino que también debe garantizar la prevención y control de los factores de riesgo laboral que su actividad pueda generar; es decir, debe tomar las medidas necesarias de seguridad para proteger la salud y la integridad de sus trabajadores. Esto crea una responsabilidad subjetiva frente al trabajador, que se despliega a partir de la existencia del contrato de trabajo.

Palabras clave

Culpa patronal, Culpa en derecho civil

Citación