Delito de celebración de contrato sin el cumplimiento de requisitos legales esenciales y problemas de imputación penal en los eventos de convenios interadministrativos
Fecha
2023
Autores
Vélez Bedoya, Juan David
Zuluaga Parra, Wilson Daniel
Título de la revista
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Editor
Universidad EAFIT
Resumen
The present will have as a general frame of reference the case known in the media, related to the contractual processes of the Hidroituango megaproject. In particular, the problem related to the signing of a contract called BOOMT will be analyzed, which, in accordance with the public information disclosed by the Attorney General's Office, was maintained between two public entities, which, was also preceded by an inter-administrative agreement between two public entities that are partners in the mentioned project and also different legal entities from those that later signed the BOOMT.
The narrated facts have led the Prosecutor's Office to consider that in this case, when the contract was signed as indicated, was committed the crime of signing a contract without compliance with essential legal requirements, contained in the article 410 of the Colombian crime code.
In light of what was exposed above, we commit to carry out an analysis of the administrative laws that regulate public contracting and the domiciliary public service companies regime. From this regulatory rules compound, and based on the analysis of doctrine and jurisprudence, we will propose a deliberation to the problems of the criminal charges mentioned.
Descripción
El presente trabajo tendrá como marco de referencia general el caso ventilado en los medios de comunicación, relacionado con los procesos contractuales del megaproyecto Hidroituango. De manera particular se analizará el problema relacionado con la suscripción de un contrato denominado BOOMT, que, de conformidad con información púbica divulgada por la Fiscalía General de la Nación, se celebró entre dos entidades públicas, lo cual, a su vez, estuvo precedido por un acuerdo interadministrativo celebrado entre dos entidades públicas socias del mencionado proyecto y que son personas jurídicas distintas a las que luego suscribieron el BOOMT.
Los hechos sucintamente narrados han dado lugar a que la Fiscalía considere que en este caso, al celebrarse el contrato en la forma indicada, se incurrió en el delito de celebración de contrato sin cumplimiento de requisitos legales esenciales, previsto en el artículo 410 del código penal colombiano.
Es por todo lo expuesto, que nos proponemos realizar una juiciosa decantación de las disposiciones administrativas que regulan la contratación estatal y la contratación de las empresas de servicios públicos domiciliarios. A partir de ese marco normativo y con fundamento en el análisis de la doctrina y jurisprudencia, plantearemos una solución a los problemas de imputación de responsabilidad que se presentan en este ámbito.