Reflexiones en torno de la acusación privada y el procedimiento penal abreviado

Fecha

2018

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Resumen

In Colombia, law 1826, established a criminal abbreviate procedure and included the possibility of a private prosecutor with the power to pretend from the criminal responsible a full compensation of damages -- For this purpose, the above referred law, confirmed that the private accuser (figure subject of study in this paper) has the power to formulate a claim of fully compensation inside the special criminal abbreviated procedure -- The above mentioned norm prescribed that i) the private prosecutor claim of fully reparation must be incorporated in the transfer and presentation of the paper of charges, inside the special abbreviated procedure, ii) the private prosecutor must discover, enunciate and request the evidence that he pretends to make valuable to demonstrate his pretension in the same procedural terms and opportunities previewed in the special abbreviated procedure, and that iii) the judge will condemn the criminal responsible to pay the damages caused with the punishable conduct according to what is confirmed in trial in his verdict -- However, the establishment of the possibility to present an integral repairing claim in the abbreviated criminal procedure from the private prosecutor is far from leaving a clear panorama about its efficiency, application, effects and harmonization with the dispositions that are still on force in law 906 of 2004 -- This work aims to provide some tools for the authorities to develop and fix some problems and discuss better ways to attack the judicial congestion

Descripción

En Colombia, la Ley 1826 de 2017 estableció un procedimiento penal abreviado y formalizó la posibilidad de un acusador privado de delitos quien dentro de sus facultades tiene la de presentar una pretensión de reparación integral de perjuicios -- Para el efecto, la ley indicó principalmente que i.) la pretensión de reparación debe ser incorporada en el escrito de acusación dentro del procedimiento abreviado ii.) el acusador privado debe descubrir, enunciar y solicitar las pruebas que pretenda hacer valer para demostrar su pretensión en los mismos términos y oportunidades procesales previstos en el procedimiento especial abreviado y iii.) el juez en sentencia condenará al penalmente responsable al pago de los daños causados con la conducta punible de acuerdo a lo acreditado en el juicio -- Sin embargo, el establecimiento de la posibilidad de presentar una pretensión de reparación integral en el procedimiento penal abreviado por parte del acusador privado está lejos de dejar un panorama claro sobre su eficiencia, aplicación, efectos y armonización con las disposiciones que siguen vigentes en la Ley 906 de 2004 -- Este trabajo tiene como objetivo proporcionar algunas herramientas para que las autoridades desarrollen y solucionen algunos problemas y debatan sobre mejores formas de atacar la congestión judicial

Palabras clave

Sistema Penal Acusatorio - Colombia, Acusador privado

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