Estrategias para la industria licorera de Caldas a partir de la recomposición del mercado de licores en Colombia con la entrada en vigencia de la Ley 1816 de 2016.

Resumen

Descripción

La Constitución Política de Colombia adoptó, a través del artículo 336, el monopolio como arbitrio rentístico de los juegos de suerte y azar y el monopolio de licores, e indicó que su funcionamiento debe ser señalado por una ley de régimen propio de iniciativa gubernamental. Después de 25 años de promulgada la Constitución, se expidió la ley 1816 de 2016 “Por la cual se fija el régimen propio del monopolio rentístico de licores destilados, se modifica el impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares, y se dictan otras disposiciones”, esta introduce cambios importantes en la manera cómo operan el mercado de licores en Colombia y las rentas que genera el monopolio. Ante los cambios presentados, todos los agentes que intervienen en el sector licorero han intentado adaptarse rápidamente, especialmente, las industrias licoreras oficiales y los departamentos que recaudan y fiscalizan las rentas que genera este monopolio. Por lo tanto, el presente trabajo pretende ahondar en los cambios introducidos por esta ley y determinar el impacto que tienen para la Industria Licorera de Caldas. Para ello, se acudió a una revisión bibliográfica, entrevistas y recopilación de información de diferentes fuentes para hacer el análisis respectivo y poder brindar así, insumos para una correcta y adecuada interpretación y adaptación a las nuevas disposiciones normativas que rigen este mercado.

Palabras clave

Monopolio de licores, Arbitrio rentístico, Impuesto al consumo de licores, Derechos de explotación, Industria licorera Caldas - Colombia, Ley 1816 de 2016

Citación