Publicación:
Derecho a la libertad de expresión : más allá del derecho penal

Fecha

2025

Autores

Urán Buitrago, Luisa María

dc.contributor.advisor

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Editor

Universidad EAFIT

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Resumen

The protection provided by international organizations and various states to the right of freedom of speech has undoubtedly generated an erroneous but quite common idea: that freedom of speech covers expressions loaded with hatred, insults and discrimination. This notion completely forgets that the rights to honor, privacy and human dignity serve as insurmountable limits to this right. The idea of criminal intervention as the first defense mechanism against the offenses that freedom of expression can generate has been ineffective in today's society. Various constitutional courts offer mechanisms to solve the latent conflict between these blocks of fundamental rights. It is undeniable that the rise of social networks completely changed the way we communicate. Today, we are one click away to find out what is happening in our country and the world. Social networks are characterized by the immediacy of information, since they lack of censorship and respect for the other; but they play a prominent role in the search for truth. That is why it is worthwhile to devise and establish mechanisms that allow living in community within the ‘new society’ made up by social networks.

Descripción

El amparo brindado por organismos internacionales y por los Estados al derecho a la libertad de expresión ha generado la idea errónea (pero bastante común) de que la libertad de expresión cobija expresiones cargadas de odio, insultos y discriminación; olvidando por completo que los derechos al honor, la intimidad y la dignidad humana fungen como límites infranqueables de este derecho. Las intervenciones penales, como primera línea de defensa contra los agravios que puede traer consigo la libertad de la palabra en la sociedad actual, se han quedado cortas. Los tribunales constitucionales ofrecen mecanismos para dar solución al latente conflicto entre estos bloques de derechos fundamentales. Además, la aparición de las redes sociales cambió por completo la forma en la que nos comunicamos. La manera en la que recibimos información no es la misma: hoy estamos a un clic de distancia para enterarnos de lo que pasa en nuestro país y el mundo, a través de un medio que ha potencializado las posibilidades de afectación de los derechos de terceros, careciendo de controles efectivos frente a la posibilidad de afectar injustamente a otro. Es por esto que vale la pena idear y establecer mecanismos que permitan vivir en comunidad dentro de la ‘nueva sociedad’ que configuran las redes sociales. Esta monografía se ocupa de analizar estas cuestiones.

Citación

dc.relation.uri

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