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La figura del administrador de hecho en el derecho colombiano : retos de aplicación en las acciones de responsabilidad

Fecha

2025

Autores

Villegas Brandani, Simón

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Editor

Universidad EAFIT

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Resumen

This thesis examines the figure of the de facto administrator in Colombian corporate law, based on the liability regime established in Laws 222 of 1995 and 1258 of 2008. A de facto administrator is a person who, without holding a formal position, carries out positive acts of management, direction, or administration within a company, and thus assumes the same duties and responsibilities as a formally appointed administrator. The study explores the key duties that govern their conduct—such as good faith, loyalty, and diligence—and how breaches of these duties may give rise to legal actions for damages caused. The research addresses the two main liability actions: the social action, aimed at compensating the company for harm to its assets, and the individual action, which allows shareholders or third parties to claim for personal damages. It also highlights the evidentiary challenges involved in obtaining a judicial declaration of de facto administration, and in proving a causal link between the breach of duties and the resulting harm. In addition, the work compares the Colombian approach with similar figures in other jurisdictions, such as Spain, France, and common law systems, emphasizing key differences—especially regarding the continuity of conduct and the level of control exercised. The paper concludes by proposing legal and statutory reforms to strengthen the application of this figure, ensuring both its effectiveness in protecting corporate interests and the legal certainty of those involved.

Descripción

Esta monografía estudia la figura del administrador de hecho en el derecho societario colombiano, a partir del régimen de responsabilidad establecido para los administradores en la Ley 222 de 1995 y la Ley 1258 de 2008. El administrador de hecho es aquel que, sin ostentar formalmente el cargo, realiza actos positivos de gestión, dirección o administración en una sociedad, asumiendo las mismas obligaciones y responsabilidades que un administrador formal. El trabajo examina los deberes que rigen su conducta, como la buena fe, la lealtad y la diligencia, y cómo su incumplimiento puede dar lugar a acciones judiciales por los perjuicios causados. Se analizan las dos vías principales de responsabilidad: la acción social, que busca la reparación del daño al patrimonio de la sociedad, y la acción individual, que protege directamente a socios o terceros perjudicados. También se exponen los desafíos probatorios para lograr la declaratoria judicial del administrador de hecho, así como la necesidad de acreditar el nexo entre el incumplimiento de los deberes y el daño ocasionado. Además, se realiza una comparación con figuras similares en otros ordenamientos como el español, el francés y el anglosajón, resaltando diferencias clave, especialmente en cuanto a la continuidad de la conducta y el control ejercido. Finalmente, se propone fortalecer esta figura mediante ajustes normativos y estatutarios que permitan su aplicación más efectiva, sin comprometer la seguridad jurídica ni desalentar la participación legítima en la gestión empresarial.

Citación