Aplicabilidad de la jurisprudencia del Consejo de Estado en materia procesal civil respecto de la capacidad para comparecer al proceso de los consorcios y de las uniones temporales

Resumen

The treatment of a procedural matter, such as the participation of Temporary Unions and Consortia within the process, that is the debate on their legal and procedural capacity, initially requires a study of a documentary nature, due to the critical revisions that have been made to the current regulation, the jurisprudence and the doctrine, which have dealt with the legal capacity of consortia and the temporary unions in different ways. Some take into account the arguments put forward by the Council of State, which provides that these associations may act within a judicial process by appointing a legal representative for that propose. However, others assert that their participation should continue to be through the necessary litigation figure, since otherwise, rights such as the right of defense of the other members of the Temporary Union or Consortium would be violated. The difference in perception has led to a degree of uncertainty as to what the involvement of Temporary Unions and Consortia, should really be like within the process. Hence, there is a need to organize and evaluate existing theorical, jurisprudential and doctrinal information on this problem, focusing on current research progress and providing possible avenues for its solution; will be analyzed the consistency of each of the jurisprudential and doctrinal positions on the topic, to then, point out the failures or demonstrate the effectiveness of once on the other, or if it is possible that the different positions remain.

Descripción

El tratamiento de un asunto procesal, como lo es la participación de las Uniones Temporales y los Consorcios al interior del proceso, esto es, el debate sobre su capacidad jurídico-procesal, requiere en un primer momento de un estudio de carácter documental, debido a las revisiones críticas que se han hecho frente a la regulación actual, la jurisprudencia, y la doctrina, que han tratado el tema de la capacidad jurídica de los consorcios y las uniones temporales en diferente forma. Algunos acojen los argumentos esgrimidos por el Consejo de Estado, al establecer que estas asociaciones pueden actuar al interior de un proceso judicial por medio de la designación de un representante legal para esos efectos. Sin embargo, otros afirman que su participación debería continuar siendo por medio de la figura del litisconsorcio necesario, pues de lo contrario, se estarían vulnerando derechos, tales como el derecho de defensa de los demás miembros de la Unión Temporal o del Consorcio. Esta disparidad de apreciaciones, ha generado cierto grado de incertidumbre frente a cómo debería ser realmente la participación de las Uniones Temporales y los Consorcios al interior del proceso. De aquí, se deriva la necesidad de realizar una organización y evaluación de la información teórica, jurisprudencial y doctrinal existente sobre este problema, focalizándose en el progreso actual de la investigación y brindando posibles vías para su solución; se analizará la consistencia de cada una de las posturas jurisprudenciales y doctrinales sobre el tema, para luego señalar las fallas o demostrar la eficacia de unas sobre otras, o si es posible que subsistan las diferentes posturas.

Palabras clave

Consorcio, Derecho de defensa, Economía procesal, Celeridad procesal, Publicidad, Bilateralidad de la audiencia, Litisconsorcio necesario, Unión temporal, Parte procesal, Parte sustancial, Oponibilidad de la sentencia

Citación