2021-10-052021-06-300120-81792539-4991http://hdl.handle.net/10784/30413A través del análisis de la tres sentencias que centraron el debate jurídico-político relativo a la idoneidad de la doctrina Parot (STS 197/2006, de 28 de marzo; STC 57/2008, de 28 de abril y STEDH Asunto Del Río Prada v. España, de 21 de octubre de 2013), así como del modelo de justicia restaurativa adoptado con posterioridad en los Encuentros de Nanclares, el presente trabajo expone algunas de las deficiencias y disfunciones del modelo penal punitivo y cómo, frente al mismo, el paradigma restaurativo supone importantes beneficios y ventajas no sólo para la víctimas del hecho criminal sino para el conjunto de la sociedad.application/pdfspaCopyright © 2021 María Perandones AlarcónInsuficiencias del paradigma punitivo y beneficios de la justicia restaurativa, a propósito de la doctrina Parot y la Vía Nanclaresinfo:eu-repo/semantics/articleinfo:eu-repo/semantics/openAccessdoctrina Parotacumulación de la penalegalidad penaljusticia restaurativamediación penalAcceso abierto2021-10-05Perandones Alarcón, María