2021-02-182015-01-010123465Xhttp://hdl.handle.net/10784/25703El Análisis Jurisprudencial del N°. 414 de este periódico (al que, de paso, agradezco públicamente la invitación a ser su columnista) correspondió a una sentencia de casación de agosto del 2014 de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia. Allí, al dispaLegisDe aclaraciones y salvamentosinfo:eu-repo/semantics/article2021-02-18M. ARAMBURO