Álvarez Álvarez, Juan Carlos2021-02-082020http://hdl.handle.net/10784/25507La tipificación del delito, se fundamenta en la necesidad de visibilizar la violencia extrema que afecta el género femenino, convirtiéndose en un problema social directamente relacionado con los índices de impunidad frente a este tipo de agresiones. Sin embargo, la aplicabilidad efectiva del tipo penal se torna aún más compleja, cuando la víctima es una mujer trans, y su muerte entra en el dilema de definirla como un feminicidio o como crimen de odio (homicidios contra persona determinada en el artículo 134A, persona perteneciente a la población LGTBI, y persona determinada en el artículo 135) El análisis propuesto fundamenta su importancia en que la motivación del sujeto activo es fundamental para determinar la existencia de un feminicidio, es decir, determinar que el sujeto activo atentó contra el derecho a la vida de la mujer trans por el hecho de pertenecer al género femenino sumado a la discriminación por su propia construcción de identidad de género. En consecuencia, se pretende establecer la doble discriminación que pesa sobre la mujer trans, que contrario a establecer con mayor seguridad la ocurrencia de un feminicidio, termina considerándose como un homicidio cuyas características están alejadas a la motivación de la ley de feminicidio.spaTodos los derechos reservadosFeminicidioIdentidad de géneroTransgéneroDiscriminación sexualElemento subjetivoMujer trans y su doble discriminación en el tipo penal de feminicidioinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisinfo:eu-repo/semantics/openAccessIDENTIDAD (PSICOLOGÍA)DISCRIMINACIÓN SEXUAL CONTRA LA MUJERCRIMEN - ASPECTOS SOCIOLÓGICOSDERECHO PENALDERECHOS HUMANOSDERECHOS DE LA MUJERAcceso abierto2021-02-08Agudelo Castaño, Luisa345.02530269 A282