Opportunity principle in criminal procedural action and restorative justice

Fecha

2023

Autores

Uribe Álvarez, Roberth

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Editor

Universidad EAFIT

Resumen

Descripción

Contemporary criminal procedural systems, which tend to be accusatory, often establish a regime for criminal action that includes the so-called “opportunity principle”, which grants the holder of criminal action a margin of discretion that allows them to abstain from exercising such action, definitively or temporarily, in legally established cases. The current Colombian criminal procedural system regulates the “opportunity principle”, linking its exercise to various criteria, which are more oriented towards the conception of criminal action as a state duty rather than a focus on the rights of victims of criminal conduct. This work proposes a divergent approach, aimed at establishing the foundations of a conception of the opportunity principle in criminal procedural action that gives more relevance to restorative justice than to retributive justice, in the construction of doctrine on the opportunity of criminal procedural action and, therefore, more projection to the perspective of victims’ rights than to the perspective based on the right or power of the State to punish and the consequent duty to exercise such action.
Los sistemas procesales penales contemporáneos, tendencialmente acusatorios, suelen establecer un régimen de la acción penal que incluye el denominado «principio de oportunidad», el cual consiste en otorgar al titular de la acción penal un margen de discrecionalidad que le permite abstenerse del ejercicio de dicha acción, de modo definitivo o temporal, en los supuestos legalmente previstos. El sistema procesal penal colombiano vigente regula el «principio de oportunidad», vinculando su ejercicio a varios criterios, orientados más desde la concepción de la acción penal como un deber estatal que desde el enfoque de los derechos de las víctimas de la conducta punible. En este trabajo se desarrolla el planteamiento conforme al cual se postula una argumentación divergente, encaminada a sentar las bases de una concepción del principio de oportunidad de la acción procesal penal que dé más relevancia a la justicia restaurativa que a la retributiva, en la construcción de la doctrina sobre la oportunidad de la acción procesal penal y, con ello, más proyección al enfoque de los derechos de las víctimas del delito que a la perspectiva basada en el derecho o potestad de penar del Estado y el consecuente deber de ejercicio de dicha acción.

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